Conforme a lo establecido en el artículo 3 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, las Administraciones Públicas de Andalucía, en el establecimiento de las políticas públicas dirigidas a la población con discapacidad se regirán por los siguientes principios:
a) El respeto de la dignidad inherente, la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y la independencia de las personas.
m) La transversalidad de las políticas en materia de discapacidad.